El presidente Rodrigo Paz promulgó el Decreto Supremo 5563 para incentivar, mediante alivios fiscales, la reinversión de utilidades de empresas extranjeras dentro del país.
La norma busca que los recursos generados por compañías nacionales y sucursales extranjeras permanezcan en Bolivia y se destinen a modernización productiva.
El decreto establece que socios y accionistas que reinviertan total o parcialmente sus utilidades quedarán exentos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas–Beneficiarios del Exterior (IUE-BE), según el porcentaje reinvertido.
Para acceder al beneficio, las utilidades deberán registrarse en una cuenta de reserva patrimonial y orientarse a activos fijos, inventarios o inversiones de ampliación.
Reinversión
La reinversión deberá concretarse hasta el cierre de la gestión fiscal siguiente a aquella en la que se generaron las ganancias.
La disposición fija escalas de retención cuando la reinversión no alcance el total de utilidades declaradas por la empresa.
Se aplicará una alícuota de 3,125% cuando la reinversión sea igual o superior al 75%.
El impuesto será de 6,25% si el porcentaje reinvertido se ubica entre el 50% y el 74,99%.
Cuando la reinversión se sitúe entre el 25% y el 49,99%, la retención alcanzará el 11,25%.
Si la empresa no concreta la reinversión comprometida, deberá pagar el impuesto omitido conforme a la normativa vigente.
Beneficio
El decreto también incorpora depreciación acelerada de activos y deducciones por créditos incobrables como incentivos complementarios.
Asimismo, contempla ajustes impositivos en determinados productos y vehículos para dinamizar la inversión privada.
Con esta medida, el Ejecutivo apunta a fortalecer el aparato productivo, estimular el crecimiento económico y consolidar mayor estabilidad empresarial en el país.Principio del formulario
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